| Fideicomiso

En Julio de 2009, los Gobiernos Municipales de Celica, Loja, Macará, Pindal y Puyango, y la Corporación Naturaleza & Cultura Internacional, constituyeron el fideicomiso mercantil de administración “Fondo Regional del Agua - FORAGUA - para la conservación, protección y recuperación de los servicios ambientales y biodiversidad de los ecosistemas frágiles y amenazados de las provincias de Loja, El Oro y Zamora Chinchipe”.
El FORAGUA es un fideicomiso mixto, público y privado, administrado por la Corporación Financiera Nacional y ejecutado por los municipios constituyentes con vigencia de 80 años. Este mecanismo asegurará que los recursos locales e internacionales sean invertidos efectivamente, mejorando paulatinamente la calidad y cantidad de agua para los habitantes de la Región, y a la vez, protegiendo la inmensa riqueza natural del sur del Ecuador.
El aporte total inicial fue de $ 530.000 USD, monto que se incrementará anualmente en alrededor de $350.000 USD por los aportes de los constituyentes, provenientes de las tasas ambientales. Estos recursos serán utilizados en los programas municipales de gestión integrada de recursos hídricos.
Estructura
FORAGUA es un Fideicomiso conformado por instituciones públicas y privadas, que aportan recursos económicos y técnicos para la recuperación y conservación de las fuentes de agua y la biodiversidad del sur del Ecuador.
Cuenta con los siguientes órganos reguladores y de gestión:
Junta del Fideicomiso
Es la máxima instancia del Fideicomiso, cuyas decisiones regulan las actividades y fines del FORAGUA; está conformada por el representante legal de cada Constituyente o su delegado; tiene una reunión ordinaria anual, donde todos los miembros tienen igual derecho a voz y voto. Entre sus atribuciones esta designar a los miembros del Directorio.
El Presidente de la Junta, quien además es Presidente del Directorio, es nombrado para un período de tres años, siendo esta dignidad rotativa únicamente entre los Constituyentes de naturaleza pública.
Directorio
Está conformado por cinco miembros, sin importar el número de Constituyentes. Este órgano sesionará trimestralmente, y sus miembros tienen voz y voto. Aprueba los programas y proyectos a ejecutarse por los municipios y nombra al Secretario (a) Técnico (a).
Secretaría Técnica
Está encabezada por el Secretario (a) Técnico (a); este órgano se encarga de brindar apoyo y asistencia a los municipios, asegurando la correcta ejecución de los programas y proyectos financiados. Califica los proyectos presentados por los Departamentos Ambientales de los municipios y gestiona a nivel local, nacional e internacional, los recursos adicionales necesarios para financiar su implementación. |